sábado

Los que somos empleados públicos (laborales y funcionarios) y mileuristas

El Presidente Zapatero dijo en Rodiezmo en septiembre de 2009 “que subirían las pensiones mínimas, el dinero para la Ley de Dependencia, las becas, las ayudas al alquiler para los jóvenes, 5.000 millones de euros para un nuevo fondo de inversión local, el sueldo de los funcionarios, el salario mínimo interprofesional, mantener el cheque-bebé...” y ahí estaban los líderes de la UGT. Felices sabiéndose engañados ¿o no?

La realidad era otra: CCOO, UGT y CSIF firmaron tras estas declaraciones un acuerdo irreal a sabiendas o por el contrario sus analistas, los de los sindicatos, eran unos absolutos iletrados.

¿Quién puede creerse que el Presidente no supiera que esto iba a suceder? Los dirigentes sindicales de CCOO, UGT y CSIF han demostrado su incapacidad al firmar acuerdos sin garantías, a sabiendas de que la deuda del Estado (pública y privada) es el doble de PIB y sin comprobar antes de firmar las cuentas del Estado.

El Presidente, o bien ha engañado a los sindicatos o bien éstos, con absoluto conocimiento de causa le dieron apoyo a unas medidas imposibles de cumplir para darle oxígeno a un Gobierno que sabían incapaz.

El Gobierno, tras decirnos en Rodiezmo que “que subirían las pensiones mínimas, el dinero para la Ley de Dependencia, las becas, las ayudas al alquiler para los jóvenes, 5.000 millones de euros para un nuevo fondo de inversión local, el sueldo de los funcionarios, el salario mínimo interprofesional, mantener el cheque-bebé...”, nos despierta con lo siguiente: baja el sueldo a los funcionarios y reduce el poder adquisitivo de los pensionistas, recorta la ayuda al desarrollo, suprime el cheque bebé, patalea la ley de dependencia y mutila la inversión pública… y todo esto acompañado de la subida del IVA. Mentiroso e impresentable este Gobierno.

Y es que los sindicatos CCOO, UGT y CSIF han apoyado medidas imposibles y propias del nacional-capitalismo-casposo.

Veamos un ejemplo. Cuando aprobó el cheque-bebé igual para todo el mundo (excepto para extranjeras con menos de dos años en España, casadas con españoles que se quedaron sin): le daba 2.500 euros para una empleada mileurista (que lo necesita) pero igual cantidad para la hija del presidente del Banco de Santander o para los hijos de la familia Real. Es decir, sin baremos. Todo improvisación. Sin política de Estado.

Pero el Presidente Zapatero y su Gobierno, seamos sinceros, no ha engañado a nadie. Todos sabían que sus medidas eran fruto de su invención y espontaneidad electoralista, de la indecencia y de la falta de escrúpulos. Al parecer a los únicos que ha engañado es a los dirigentes sindicales de UGT, CCOO y CSIF que deben tener unos asesores económicos incapaces de prever las consecuencias de las promesas del Gobierno y compararlas con las cuentas del Estado (las cuentas reales, no las que les cuentan los ministros).

Al final el único triunfante será el ANARCO-CAPITALISMO, ese que tiene por principio “ni Dios, ni Estado, ni Patrón”… ¡Gana la Banca!

Y en Correos las cosas no son muy diferentes. A CCOO. UGT y CSIF les cuentan milongas y se las creen, y otros les siguen.

Nosotros vamos por el camino adecuado cuando decimos que con éstos no vamos a ninguna parte si no nos muestran antes sus propuestas de convenio y de acuerdo general de funcionarios ante la empresa para ir con ellos o ellos con nosotros.

Con sindicatos irresponsables e incapaces, SiPcte-USOC no va ni a la esquina.

Manuel Aguilella Salgado. Secretario de Acción Sindical SiPcte-USOC. Correos y Telégrafos

martes

Manuel Aguilella INFORMA

A LOS COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS DESPEDIDAS “COLECTIVO 9 DE MAYO”

En marzo de 2010 recibimos un escrito del Tribunal Supremo por el cual nos remitían el recurso del Abogado del Estado con sus alegaciones a la causa que nos ocupa pendiente de sentencia (La de la indemnización).

Se nos dieron los días establecidos para recurrir y presentamos alegaciones al recurso del Abogado del Estado por parte de nuestro abogado Jesús Beltrán Bernal.

El Tribunal Supremo le facilitó al Abogado del estado el escrito remitido por nuestro abogado. Ahora estaremos a la espera de que se dicte día de votación y fallo una vez cumplimentado el escrito de 6 de abril de 2010 y se dicte sentencia que esperemos sea cuanto antes.

Nos gustaría daros noticias más frecuentemente y más "esperadas" por todos, pero no podemos informar de lo que no existe. En el momento en el que tengamos sentencia convocaremos asamblea explicativa. Tened en cuenta que los afectados por los despidos de 9 de mayo o fechas posteriores o anteriores viven repartidos por diferentes localidades (Gerona, Barcelona, Vic, Vilafranca, etc, y sólo una información concreta justificaría una convocatoria que supusiera su traslado a Barcelona para la reunión)

Si alguno o alguna quiere tener conocimiento o tener información personalizada sólo tiene que ponerse en contacto conmigo para quedar. Reiteramos que convocaremos asamblea cuando tengamos una información final.

Un saludo y sentimos la tardanza del Tribunal. Pero no podemos ponerles “una pistola en el pecho” para que dicten sentencia.

Manuel Aguilella Salgado

669694159

archivosindical@hotmail.com

www.articulo20.org/sipcte

domingo

CONVOCATORIA de SiPcte-USOC: 14 de abril de 2010 en Barcelona

CONVOCATORIA de SiPcte-USOC: 14 de abril de 2010 en Barcelona

1.- SALARIO Y CONDICIONES LABORALES DIGNAS. RECUPERACIÓN DEL PODER ADQUISITIVO.
2.- MANTENIMIENTO DEL CORREO COMO SERVICIO PÚBLICO
3.- INCLUSIÓN EN EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO
4.- PROMOCIÓN PROFESIONAL
5.- 100% DE RETRIBUCIONES EN CASO DE ENFERMEDAD
6.- NO AL FRAUDE GENERALIZADO EN LA CONTRATACIÓN. EMPLEO ESTABLE
7.- MESA DE NEGOCIACIÓN PARA LOS CARTEROS DE REPARTO RURAL
8.- PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES A LOS DESPEDIDOS DE 9 DE MAYO

El Sindicato SiPcte-USOC ha convocado en solitario estas movilizaciones, en el mismo lugar y a la misma hora que el resto de los sindicatos. El motivo por el cual no se ha realizado una convocatoria conjunta se basa en que ni CCOO, ni la CSIF ni el SL han proporcionado las propuestas concretas y exactas que han realizado a la empresa para el convenio ni han roto con Correos el acuerdo del CPA (Complemento de producción y asistencia) para el que ahora piden la despenalización ¿...?, siendo ellos los firmantes del Acuerdo. Sin embargo consideramos que no debemos ser ajenos a las movilizaciones y reivindicaciones de los empleados de Correos. No acudir sería una dejación y una irresponsabilidad por parte del sindicato, por lo que consideramos que debemos dar respuesta a las propuestas de la empresa Correos, las cuales consideramos inaceptables. No entendemos a los demás sindicatos pero nos consuela saber que a resto de los empleados de Correos les pasa lo mismo.

jueves

Análisis de las excedencias voluntarias y sus consecuencias

Funcionarios sin puesto de trabajo

Existe una situación administrativa que se llama excedencia voluntaria. Se basa en que unos funcionarios de Correos, por ejemplo, pueden solicitar el dejar de trabajar en Correos durante un tiempo y regresar cuando lo consideren y tengan oportunidad.

Esta definición y consecuencias de la excedencia voluntaria es sólo una quimera. En la práctica, cuando quieres volver, no se te permite. Se argumenta que no hay plazas para que el funcionario reingrese al servicio activo, a pesar de que cada día se formalizan contratos eventuales, encadenados, que ocupan, efectivamente, todos los días del año ¿cómo se puede decir entonces que no hay plazas?

Este sistema es la perversión del propio sistema de provisión de puestos de trabajo. Correos oculta las VACANTES reales y fastidia por igual a los funcionarios al no dejarles opción para reingresar, aunque efectivamente existen esas plazas, y a los laborales al mantenerlos en plazas que en lugar de ser vacantes, los aboca a trabajar con contratos de corta duración.

Este sistema está amparado por CCOO y CSIF al firmar los acuerdos de 2006 (ya lo hizo UGT en los acuerdos de 2003) y se asegura por gente que sabe de esto que no se trata de ninguna maldad concreta por parte de los sindicalistas que van a negociar los convenios y los acuerdos. Según fuentes bien informadas, se debe a que son, simplemente, verdaderos ineptos que cuando van a negociar sólo se dedican a contabilizar las DIETAS que por el viaje les corresponde cobrar.

De no se así ¿qué sentido tiene que ni los funcionarios ni los laborales fijos puedan reingresar al servicio activo tras una excedencia voluntaria habiendo cientos de plazas vacantes encubiertas por contratos eventuales de mes a mes?: sólo cabe pensar en que mi fuente tiene razón: son unos ineptos, por no llamarlos "tontos del culo" (más información en convenio colectivo de 2006 sobre reingreso al servicio activo).

viernes

Sinceramente, que asco

Ha salido una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y se fundamenta en otra del Tribunal supremo que "condena" a Correos, pero también a los delegados sindicales de UGT, CCOO y la CSIF de Correos por vulnerar los derechos de los trabajadores.

En 2004 firmaron un acuerdo con la empresa publicado en el BOE en el que se avalaba a la empresa Correos para poder ELIMINAR de las bolsas de empleo a todos aquellos trabajadores que osaran denunciar a Correos y fueran indemnizados por ello (Aclaración: Cuando se indemniza a alguien es que tiene la razón) Pues bien, los delegados de CCOO, UGT y la CSIF no sabemos si por sinvergonzonería, si por dinero, si por que son tontos o por que sí, dejaron sin trabajo durante casi un lustro a miles de trabajadores.

Ahora una sentencia restituye su derecho a trabajar en Correos e impone una fuerte indemnización (casi 4 millones de euros) para 159 trabajadores que plantaron cara junto a SiPcte-USOC a estos canallas que olvidaron que eran sindicalistas y no empresa.

¿No se puede denunciar a la empresa? ¿Quién lo dice? ¿CCOO? ¿UGT? ¿CSIF? Pues eso, unos canallas y los delegados sindicales doblemente canallas y sinvergüenzas.

No importa si finalmente no recibieran cantidad alguna los trabajadores. Lo importante es que sepamos identificar a los que los maltrataron y discriminaron, que no dudarán ni les temblará el pulso para ponerse nuevamente al lado de la empresa para firmar Expedientes de regulación de empleo, rebajar el salario a los trabajadores o mirar a otro lado cuando se bajan las pensiones a los funcionarios. No les temblará el pulso, porque ya lo han hecho. Y lo volverán a hacer.

Y todavía ha funcionarios y laborales de Correos afiliados a UGT, CCOO y CSIF. Y de la Plataforma también. Sinceramente, que asco.

sobre un accidente mortal

ACCIDENTE MORTAL
REPARTO EN MOTO
SANT CUGAT DEL VALLES

Nuestro compañero de trabajo M.R.C. que trabajaba en la Unidad de Reparto de Sant Cugat del Vallés ha fallecido el día 4-12-2008 en accidente de trabajo
No vamos a entrar a valorar la situación en concreto, porque no es el momento ni el lugar, ni la forma


Ni 30, ni 50 ni 70 envíos urgentes. Hay que trabajar con seguridad, sin estrés ni presión. Nos jugamos demasiado.

4 de diciembre de 2008

Pero si que es el momento adecuado para lanzar al aire una reflexión. No engañamos a nadie si nos atrevemos a afirmar que los trabajadores de Correos que cada día repartimos en motocicleta o en coche lo hacemos bajo una gran presión, con barrios muy grandes, las bajas de nuestros compañeros sin cubrir, unos objetivos que nos marcan aquellos que desconocen la particularidad de cada zona de reparto, y mucho más. El número de accidentes mortales en reaparto en moto es mínimo.

Se nos obliga a cumplir unos horarios de entrega o de recogida, que en muchas ocasiones no se ajustan a la realidad de un tráfico abundante y que se planifica bajo parámetros fundamentados en estadísticas o seguimientos del reparto que nada o poco tienen en cuenta las modificaciones de calles, plazas, cambios de normas de circulación o, en ocasiones, ni se tiene en cuenta el código de circulación vigente. A veces, pareciera, que no existen semáforos ni peatones: SOLO ESTADÍSTICAS Y PAQUETES AZULES. En el reparto en vehículo el trabajador, lo que menos necesita, es presión. Porque luego pasa lo que pasa.

El número de accidentes mortales en reparto en moto es mínimo. El de accidentes de trabajo no-mortales muy elevado. Pero la frontera entre uno y otro es cuestión de milímetros. Mensaje a los jefes de urgentes.

Algunos jefes de reparto de urgentes pareciera que han salido de una historia de terror. Su monotema de conversación se fundamenta en lo siguiente: “tienes que hacer 70 entregas”, cuando resulta que a duras penas se pueden realizar 30. “Ve más deprisa”, como si se tratara de una competición o de una carrera en lugar de un trabajo en el que es conveniente que tus cinco sentidos estén puestos en el manillar de tu moto o en el volante, controlando la circulación, el lugar de tener que estar pendiente de si llegarás a entregar más o menos envíos.

MENOS ENVÍOS Y MAYOR SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Cuando un responsable de una unidad de Urgentes sólo piensa en el número de envíos, en la buena imagen de su centro de trabajo para ser felicitado, cuando lo primordial es “que no quede nada para mañana” sin importarnos el por qué no me cubren las bajas o a qué hora salen los niños del colegios y se ponen en circulación miles de coches para ir buscarlos. Cuando se planifica un trabajo sin tener en cuenta las horas punta, sin tener en cuenta que a lo mejor hay que parar en una rotonda para hacer una entrega. Cuando las personas no son LO PRIMERO, es posible que nos abandonemos a “la prisa” por hacer el trabajo y el destino nos juegue una mala pasada y traspasemos la fina línea entre un accidente de trabajo y un accidente de trabajo mortal.
No queremos que nos presionen. No queremos que el reparto de un paquete azul nos pueda costar la vida. Queremos que se cubran todas las ausencias de nuestros compañeros ¿por qué tenemos que duplicar nuestro trabajo? Queremos que el trabajo se adapte a las personas y no las personas al trabajo (artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales). El mensaje es muy claro.

Queremos y exigimos que las personas sean lo primero. Porque los trabajadores tenemos derecho a una adaptación permanente de nuestro puesto de trabajo, a no llevar más carga de la que podemos llevar, y a realizar un trabajo adecuado, no estresante, porque llevamos una máquina que nos puede costar la vida. No hay que llevar 30, 50 ni 70 envíos urgentes. Cada uno debe llevar lo que pueda llevar. Es decir, debe llevar la media que establezca la empresa después de un estudio en el que los sindicatos tenemos también que participar, lo cual no se ha hecho todavía. Y si algún responsables de alguna USE opina lo contrario tendremos que explicárselo o hacérselo entender.

Desde mañana mismo vamos a relanzar las medidas de seguridad que los “currantes” de urgentes merecemos. No más presiones ni más “golpes”. Reunión urgente del Comité de Seguridad y Salud.

Nuestra seguridad es lo primero. No queremos “morir” en el intento.

miércoles

Crónica sobre el aeropuerto-El Prat de Llobregat Correos

Aeropuerto Correos Prat de Llobregat: acoso

Hemos denunciado a los jefes del Pabellón por acoso laboral. La Inspección ha realizado 4 requerimientos

Viñuela, jefe supremo de la Unidad Internacional, ha dicho: “si la denuncia hacia los jefes del Aeropuerto es cierta sería un síntoma de incapacidad para dirigir”. Posiblemente ha dado en el clavo, lo único

noviembre de 2008

El día 20 de noviembre de 2008 la Inspección de trabajo en Barcelona citó a instancias de una denuncia de un funcionario, a través del sindicato SiPcte-USOC a los directivos de Correos de la Oficina Internacional Correos Aeropuerto. Acudieron a la cita en Inspección, además de los delegados de prevención de riesgos de los sindicatos (excepto ugt), el jefe de Operaciones de la Unidad Internacional, una tal Viñuela y el jefe de Operaciones Unidad Internacional Aeropuerto de El Prat de Llobregat, el señor Monlleó. Los acompañó la Jefa de Relaciones Laborales de la Zona Quinta de Correos que además es “Técnica Superior en Seguridad y Salud”. Casi nada. ¡Uf!
La inspectora de Trabajo requirió a la empresa para que aportara, si lo había hecho como es preceptivo (es decir, que se tiene que hacer) un informe sobre la situación que ha provocado la denuncia. El tal Viñuelas (Jefe Supremo de la Cosa Internacional en Correos) que recibió escritos tanto del sindicato como de los funcionarios y laborales denunciando acoso se había limitado a preguntar a los jefes del centro de trabajo si “había habido acoso”, por parte de los jefes, claro. La respuesta debió ser “que ellos no acosaban a nadie”. Claro, si le pregunta a los presuntos acosadores y denunciados señores Pinell, Lledó Valcarce si habían acosado ¿Qué esperaba que respondieran? ¡Pues que no!

La Inspectora de Trabajo le requirió a la empresa la EVALUACION DE RIESGOS PSICOSOCIALES que debe haberse realizado en el centro de Trabajo Unidad de Cambio Aeropuerto y la mencionara Jefa de Relaciones Industriales, que tiene el título de “Técnica Superior en Seguridad y Salud” va y pone encima de la mesa un informe previo de riesgos laborales (que no es lo que se le pedía. No se entera o no se quiere enterar). Así que la Inspectora de Trabajo le requiere en ese momento que debe realizar la EVALUACIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES por los siguientes motivos: “Por la turnicidad del centro (es un centro de 24 horas), por el número de trabajadores (120), porque la Inspectora tenía conocimiento de lo denunciado por boca de varios empleados de ese centro y porque conoce el centro de trabajo”

La empresa no reconoció, en ningún momento, que no había realizado ninguna de las tareas que por Ley tiene encomendadas y que debería haber realizado un informe por los hechos denunciados (acoso laboral en el trabajo con consecuencia de enfermedad motivada por tal acoso). El tal Viñuelas (Jefe Supremo de la Cosa Internacional en Correos) se había limitado a preguntarle a los presuntos acosadores si habían acosado, sin consultar a los trabajadores ni a los delegados de prevención del Comité de Seguridad y Salud, llegando a la conclusión de “que allí no pasaba nada”. Un fenómeno este Viñuela. Aunque de un jefe tan Supremo se espera una actitud más diligente e imparcial. Es decir, encaminada a solucionar los problemas y no a perpetuarlos como ha hecho.

Así, la Inspectora de Trabajo realizó los siguientes requerimientos inicialmente: 1) Que por parte de la Dirección de la empresa Correos se le leyera a los jefes del Pabellón Postal Aeropuerto el artículo del Estatuto de los Trabajadores 4.2.e que dice: “Derechos laborales. Los trabajadores tienen como derechos básicos, con el contenido y alcance que para cada uno de los mismos disponga su específica normativa los de (sic) Respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente al acoso por, razón de origen racial o étnico, religioso o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo”. Estos jefes deberían ser cesados, los tres. Y probablemente el tal Viñuelas y el jefe de la Unidad Internacional Sr. Monlleó, también.
En segundo lugar requirió a la empresa Correos para que realizara inmediatamente “una EVALUACIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES” tal y como hemos explicado en un párrafo anterior.

En tercer lugar la Inspectora de Trabajo requirió “para que los Delegados de Prevención de Riesgos realizaran un informe para que se aclare lo que sucede en el Aeropuerto-Pabellón Postal de Correos por las denuncias presentadas y que el jefe de Operaciones Unidad Internacional, Sr. Viñuelas colabore en esta investigación” (lo cual forma parte de sus competencias, aunque al parecer lo desconoce).

En cuarto lugar la Inspectora de Trabajo indicó que iría al centro de trabajo un día, pero sin indicar cuál. Ahora está en manos de los trabajadores de la Unidad Internacional de Correos Prat de Llobregat poner remedio a todo lo que sucede, denunciando los abusos, la prepotencia y la falta de respeto. La Inspectora hablará con los trabajadores y todo lo que digáis será confidencial y no aparecerán nombre de nadie. Sólo ella conocerá lo que cada uno declare. No perdamos esta oportunidad y que Pinell, Valcarce, Lledó y Monlleó sepan que los abusos, si que ellos son “abusadores” no son gratuitos.

En cualquier caso, el tal Viñuela, jefe de la Cosa Internacional en Correos dijo estar preocupado, porque si lo que se denuncia contra los jefes es verdad querría decir (dijo) que “es un síntoma de incapacidad para dirigir”. Seguramente es en lo único que ha acertado en todo este proceso

viernes

Propuestas de SiPcte-USOC

Pica sobre las imágenes para aumentar la fotografías y los textos



Los despedidos de Correos reclaman lo que consideran que es suyo


(Pica sobre la IMAGEN para AMPLIARLA)

Correos no acaba de sacarse de encima el problema laboral. Un grupo de 159 ex empleados de la compañía pública dirigido por el sindicato SiPcte-USOC ha presentado ante el Juzgado de los Social número 31 de Barcelona una demanda contra la empresa pública. Exigen, en conjunto, 4,7 millones de euros.

Su petición se basa en la indemnización por haber sido excluidos de la bolsa de empleo temporal por haberse enfrentado con la empresa en los juzgados.

El agravio se remonta a 2004, después de que los sindicatos mayoritarios (CCOO, UGT y CSIF) firmaran un convenio colectivo en el que se permitía esa medida discriminatoria.

Primero recibieron el varapalo de la Audiencia Nacional, con una sentencia que daba la razón a Correos, y después fue el Tribunal Supremo (el 9 de abril de 2007) el que viró doctrina y ofreció su protección a los trabajadores.

El Supremo reconoce «el derecho de los trabajadores de la empresa que hayan visto rescindido su contrato con el cobro de una indemnización, sea en proceso por despido, sea en acto de conciliación previo al proceso, a no ser excluidos de la bolsa de empleo por tal causa» en una sentencia de abril pasado que no puede ser recurrida.


Los trabajadores fueron excluidos de la bolsa de temporales por denunciar a la empresa pública gracias a un acuerdo entre CCOO, UGT y la CSIF que no dudaron en VENDER A LOS TRABAJADORES
Los Acuerdos firmados contra estos trabajadores, mañana no dudarán en firmarlos contra los funcionarios o contra los laborales fijos
DEBERÍAMOS IR ABRIENDO LOS OJOS
SiPcte-USOC. Un sindicato de trabajadores

miércoles

Correos: TRAMOS y TRIENIOS


INFORMACION:

A todos aquellos afiliados fijos o bien que en su día fueron o son PFVs, cada 31 de diciembre se les presenta una demanda por trienios (algunos ya habéis cobrado 2002) y otra demanda de Tramos.

Estas demandas tienen su inicio en el acuerdo firmado por CCOO, UGT y CSIF en 2003 QUE IMPEDÍA EL COBRO DE TRAMOS y TRIENIOS y del pago de los atrasos.

Por ese motivo, cada año reclamamos automáticamente las cantidades atrasadas y cuando los juzgados vayan resolviendo iremos cobrando los años 2003, 2004, etc.

LOS COMUNICADOS DE CCOO, UGT Y CSIF sobre cobro de tramos o de trienios o su reclamación, son incomprensibles ya que son ellos los que firmaron en el Convenio de 2003 un articulado que PERJUDICABA a los trabajadores.

Pero no vamos a perder el tiempo en hablar de medios días, habiendo días enteros. Insistimos en que todos los trabajadores que han autorizado al sindicato SiPcte-USOC año tras año (o a medida que se van incorporando a nuestra organización) se les reclama automáticamente las cantidades que se les deben.

Más información 93 315 24 67 (Miguel Angel en Edificio Principal de Correos SiPcte-USOC)
Miércoles tarde en calle Sant Rafael 38 Barcelona (USOC)

lunes

PUBLICACION FIJOS DISCONTINUOS EN CORREOS


Hoy se ha publicado el listado de trabajadores que de Correos que accederán a las plazas de fijos-discontinuos.


Las quejas por este tipo de contratación son diarias. Y los trabajadores se quejan, no sin razón, de que la empresa Correos les hace un contrato de 3, 4 ó 5 meses.


Algunos defienden este tipo de contratación (pactado en 2003 por CCOO, UGT y CSIF. Si, también por UGT, porque esto es producto del acuerdo de 27 de febrero de 2004 publicado en 28 de mayo), pero lo que no dicen es que un contrato de tan pocos meses supone una situación de precariedad impropio de un mercado laboral que dice buscar la estabilidad.


Los contratos fijos-discontinuos no tienen ningún sentido si no se formalizan por periodos de 9 meses. Lo contrario sólo perjudica a los propios trabajadores y los sindicatos que lo firmaron demuestran su absoluto desprecio hacia los que van a trabajar.


Somos la "risa" en el entramado del mundo laboral donde la empresa Correos ha demostrado que tiene amaestrados a los "supuestos sindicatos mayoritarios".


SiPcte-USOC Correos Barcelona

jueves

Sobre fijos-discontinuos (trabajo precario). Es necesario explicar lo siguiente:


Fijos discontinuos ¿justo después de las elecciones sindicales?

¡Qué raro!

¿una casualidad o una maniobra electoral?


Danos tu opinión marcando con una cruz:


Una casualidad ____ Una maniobra electoral ___

Todos recordaréis que antes de las elecciones sindicales en Correos el 10 de mayo de 2007 se convocaron plazas de consolidación para algunos compañeros. Esas plazas eran a tiempo completo.

Hasta ahí todo correcto.

Pero después de las elecciones, fruto de la casualidad o de una maniobra electoral (la interpretación va a gustos) convocan a 5000 compañeros (ver nota de Correos de 24 de mayo) y ofertan puestos de trabajo fijo-discontinuo.

¿Qué están ofertando? Ofertaron plazas fijas de 3, 4 ó 5 meses a los compañeros. El resto de los meses o bien no trabajarán o trabajaran con contratos de refuerzo como siempre (un mes o dos, 15 días, de mañana o de noche... no se sabe)



Análisis desde SiPcte-USOC. Cada mes se realizan 1000 (mil) contratos de refuerzo (cada mes) a tiempo completo y tienen la desfachatez de ofertar puestos de trabajo fijo-discontinuo de pocos meses, sabiendo que los contratos fijo-discontinuos no generan paro y si los compañeros cuando finalicenn sus escasos meses de contrato (fijo-discontinuo) tramitan el paro que tengan acumulado de meses o años anteriores, se lo irán "comiendo" o cuando lo tramiten al finalizar su período fijo-discontínuo pueden encontrarse que los llaman para trabajar 15 días de mañana, 1 mes de tarde o 3 días de noche para unos asuntos propios. Sin más comentarios.


¿Cuál hubiera sido la aplicación razonable de los contratos fijo-discontinuo firmados por CCOO, UGT y CSIF en el convenio de 2003 y por CCOO y UGT en el convenio de 2006? Pues que como en todas las empresas serias los contratos fijos-discontinuos son de un mínimo de nueve meses. Así si que podemos empezar a hablar porque permite percibir un salario digno. En el convenio NI SE MOLESTARON en plasmar un período mínimo de 9 meses (así la empresa Correos ha hecho lo que le ha dado la gana).

Esta situación la vamos a denunciar por abusiva para los trabajadores que esperaban un trabajo fijo y no que se rieran de ellos. Y la vamos a denunciar por ser perjudicial para el sistema público de desempleo.

Pero aún así algunos trabajadores dan su apoyo a quien finalmente no les protege ni defiende. Y aunque avisamos ¡que viene el lobo!, no resultó: lo peor es que está dentro del corral y dicen que son nuestros representantes.

Un saludo

viernes

El comité de empresa es el órgano representativo y colegiado del conjunto de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo: EXIGELO


A ver si deja de luchar cada sindicato por su cuenta. Vamos a constituir el Comité de empresa para los laborales y la Junta de Personal para los funcionarios
Los funcionarios y laborales debemos exigirlo

Una vez pasadas la elecciones sindicales, una vez que ya sabemos que SiPcte-USOC ha obtenido la mayoría de los votos en el CTA de Sant Cugat, y la mayoría de los votos entre los laborales de Barcelona capital, y gran número de votos en casi todas las mesas electorales. Una vez que hemos sabido que la diferencia de votos (en toda la provincia de Barcelona) entre CCOO y SiPcte-USOC en laborales es de 95 votos, y la diferencia entre UGT y SiPcte-USOC en toda la provincia de Barcelona) es de 51 votos y que SiPcte-USOC ha superado en votos a CSIF, y que estamos muy contentos de que CGT nos haya superado en algunos votos y que nos hubiera gustado que los votaran más trabajadores, CONSTATAMOS QUE NO HAY MOTIVO PARA QUE NADIE CANTE VICTORIA.

Si después de gastarse miles y miles de euros en campaña electoral, la UGT nos supera EN TODA LA PROVINCIA en 51 votos ¡pues que queréis que digamos! ¡qué pena por ellos!.

PERO VAMOS A LO SERIO
Lo que tenemos que hacer inmediatamente, tras la elecciones, es constituir el Comité de Empresa, tal y como se establece en el Estatuto de los Trabajadores Ley 1/1995 y que nos da a los trabajadores un órgano de representativo y colegiado del conjunto de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo para la defensa de sus intereses.


Pues bien, tanto CCOO, UGT, CSIF y CGT se niegan sistemáticamente a la creación del Comité de empresa, lo que supone un fraude electoral y un fraude a los trabajadores al no constituir un órgano con capacidad jurídica de obrar y por ese motivo la empresa HACE LO QUE LE DA LA GANA. Pero sigamos leyendo.


¿QUE ES EL COMITÉ DE EMPRESA? (para los funcionarios, es lo mismo y se llama Junta de Personal). Pues es esto:

Ley 1/1995 - Estatuto de los trabajadores


"TITULO II

De los derechos de representación colectiva y de reunión de los trabajadores en la empresa

CAPITULO I

Del derecho de representación colectiva
Artículo 61. Participación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de esta Ley y sin perjuicio de otras formas de participación, los trabajadores tienen derecho a participar en la empresa a través de los órganos de representación regulados en este Título.

Artículo 63. Comités de empresa.
1. El comité de empresa es el órgano representativo y colegiado del conjunto de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo para la defensa de sus intereses, constituyéndose en cada centro de trabajo cuyo censo sea de 50 o más trabajadores.
2. En la empresa que tenga en la misma provincia, o en municipios limítrofes, dos o más centros de trabajo cuyos censos no alcancen los 50 trabajadores, pero que en su conjunto lo sumen, se constituirá un comité de empresa conjunto. Cuando unos centros tengan 50 trabajadores y otros de la misma provincia no, en los primeros se constituirán comités de empresa propios y con todos los segundos se constituirá otro.
3. Sólo por convenio colectivo podrá pactarse la constitución y funcionamiento de un comité intercentros con un máximo de 13 miembros, que serán designados de entre los componentes de los distintos comités de centro.
En la constitución del comité intercentros se guardará la proporcionalidad de los sindicatos según los resultados electorales considerados globalmente.
Tales comités intercentros no podrán arrogarse otras funciones que las que expresamente se les conceda en el convenio colectivo en que se acuerde su creación.
Artículo 64. Competencias.

1. El comité de empresa tendrá las siguientes competencias:

1.º Recibir información, que le será facilitada trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación de la producción y ventas de la entidad, sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la empresa, así como acerca de las previsiones del empresario sobre celebración de nuevos contratos, con indicación del número de éstos y de las modalidades y tipos de contratos que serán utilizados y de los supuestos de subcontratación.
2.º Recibir la copia básica de los contratos a que se refiere el párrafo a) del apartado 3 del artículo 8 y la notificación de las prórrogas y de las denuncias correspondientes a los mismos, en el plazo de los diez días siguientes a que tuvieran lugar.
3.º Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios, y en las mismas condiciones que a éstos.
4.º Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por éste sobre las siguientes cuestiones:
a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de aquélla.
b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones.
c) Planes de formación profesional de la empresa.
d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo.
e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas de primas o incentivos y valoración de puestos de trabajo.
5.º Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación del «status» jurídico de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo.
6.º Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral.
7.º Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves.
8.º Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilicen.
9.º Ejercer una labor:
a) De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante el empresario y los organismos o tribunales competentes.
b) De vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa, con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de esta Ley.
10.º Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa en beneficio de los trabajadores o de sus familiares.
11.º Colaborar con la dirección de la empresa para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos.
12.º Informar a sus representados en todos los temas y cuestiones señalados en este número uno en cuanto directa o indirectamente tengan o puedan tener repercusión en las relaciones laborales.


2. Los informes que deba emitir el Comité a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 4.º y 5.º del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de quince días."

Está claro que los trabajadores tenemos la posibilidad de organizarnos en forma de "Parlamento" con capacidad jurídica de obrar pero que efectivamente no se lleva a cabo por el rechazo del resto de los sindicatos.

FORCEMOS Y EXIJAMOS LA CREACION
DEL COMITE DE EMPRESA
Y DE LA JUNTA DE PERSONAL

sábado

SiPcte-USOC: "Nosotros no queremos el control de la gestión del poder. Nosotros lo vigilamos de cerca, para que no se nos engañe a los trabajadores"







SiPcte-USOC no pretende ni ha pretendido nunca gestionar el poder sindical, consciente de que la propia empresa reparte dinero y prevendas entre algunos sindicatos (le gustaría comprarlos a todos). En esa tesitura, las elecciones sindicales sirven de poco. Las representaciones son ficticias: las maneja la empresa y pocos son los que se atreven a plantar cara. Algún día daremos nombres y apellidos de las hazañas de cada sindicalista.

El día 9 de mayo de 2007 apareció publicado en la prensa que Correos había "dado" ¿regalado? a CCOO y CSIF un total de un millón cuatrocientos mil eruos a repartir por la firma del convenio. Esto nos da una pequeña pista de lo que debió recibir la UGT también en el primer convenio cuando pacto una rebaja salarial del personal laboral de 202,12 euros mes junto con CCOO y CSIF: es probable que literalmente "se forraran".

A la vista de estas cifras millonarias no se puede hacer sindicalismo. Pero no me refiero a SiPcte-USOC, sino a CCOO, UGT y CSIF que han quedado relegados a portavoces de Correos, chantajeados y comprados por dinero y horas sindicales a cargo de la empresa.

Se han dedicado a intentar comprar el voto mediante regalos a los votantes y es posible que hayan dado algún resultado, y que algunos funcionarios y laborales hayan caído en su propia trampa, aceptando regalos de los sindicatos que, a su vez, se han pagado con el dinero que la propia empresa Correos les ha dado y que, a su vez, les ha "hurtado" "robado" "quitado"... no lo sé... a los propios trabajadores de Correos.

Y es que UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL EUROS da para mucho entre los funcionarios y laborales, pero la empresa ha preferido dárselo a los sindicatos y los trabajadores (algunos) han mirado para otro lado.

Esta es la opinión de SiPcte-USOC. Y es que nosotros NO QUEREMOS GESTIONAR EL PODER, no queremos cientos y cientos de delegados sindicales INÚTILES COMPRADOS por la empresa. Nosotros queremos VIGILAR AL PODER DE CERCA y para eso los funcionarios y los laborales nos han otorgado OCHO DELEGADOS SINDICALES. Por ahora es más que suficiente.

Si algún compañero o compañera cree que las mayorías sirven de algo que mire a su alrededor, que observe su nómina y vea que hace 25 años que los GESTIONAN CCOO, UGT y CSIF para finalmente cobrar 800 euros, y si pactan una "subida" es variable.

Nosotros somos lo que somos. Ni más ni menos: controlamos a los que gestionan. Esa es nuestra función.

Mayoritarios: ¡tanto cuento para estos resultados!


SiPcte-USOC: Gracias por vuestra confianza en las elecciones del 10 de mayo

El sindicato SiPcte-USOC obtiene la mayoría de votos en el CTA de Sant Cugat y los laborales le dan también la mayoría en Barcelona capital.

El 17 por ciento de los funcionarios optan por SiPcte-USOC en Barcelona Capital

Excelentes resultados en casi todas las mesas electorales.
Donde se nos conoce, obtenemos un buen respaldo

En primer lugar, gracias a todos aquellos que habéis confiado vuestro apoyo a SiPcte-USOC y a las mujeres y hombres que avalamos la candidatura en Correos.

Mi valoración personal es muy positiva. Hemos obtenido 8 delegados en Barcelona. Hemos superado el 10 por ciento de los votos y somos el primer sindicato en el CTA de Sant Cugat y el primer sindicato en Barcelona capital. Ello sin contar el apoyo recibido en varias mesas electorales donde somos el primer o el segundo sindicato.

Y realizo esta valoración tan positiva porque hemos llegado a los laborales y a los funcionarios sin contar con el millón de euros que ha recibido CCOO ni los 400 mil euros que ha recibido la CSIF en Correos por parte de la empresa para apoyarles (ver www.extraconfidencial.com de 9 de mato de 2007)

Sin regalos (ni CD's, ni mochilas para el movil, ni comidas gratis, ni entradas a Port Aventura), sin nada más que nuestro trabajo diario hemos obtenido 8 delegados. Finalmente, en personal laboral, CCOO sólo tiene2 delegados más que nosotros, y UGT sólo uno y CSIF los mismos (y con menos votos. Cosas de la ley electoral).

Tanto regalito, tanto cartel a color, tanto dinero de la empresa para que finalmente SiPcte-USOC, con todas sus dificultades sea el sindicato preferido en muchos centros de trabajo (donde se nos conoce) y la diferencia sea ínfima.

Y los funcionarios.... pues por 10 votos, no obtuvimos el delegado número 4 (y es que no fuimos casa por casa, oficina por oficina haciéndole el voto a los compañeros como si hicieron otros sindicatos. Nosotros nos dedicamos ha hacer asambleas mientras otros rellenaban votos por correo).

Pero aún así, los funcionarios y los laborales nos han dado su confianza de nuevo.

Porque no olvidemos que casi 400 (CUATROCIENTOS) afiliados de SiPcte-USOC no pudieron votar por tener una incidencia... que si hubieran podido votar... ¡haced las cuentas!

Un saludo y reitero las gracias

miércoles

AHORA SE COMPRENDE TODO




Aparecido en el periódico digital www.extraconfidencial.com


en fecha 9 de mayo de 2007

"Correos financió a Comisiones Obreras con más de un millón de euros en los tres últimos años para alcanzar la paz social.

Con el apoyo de CSIF, percibió entre 2004 y 2006 más de 400.000 euros, el acuerdo se respaldó con el 51 por ciento de los votos (csif y ccoo)

El sindicato liderado por José María Fidalgo recaudó la mayor cantidad en 2006, fecha de la firma del convenio colectivo (de Correos)

Gracias a esa subvención, el presidente, José Damián Santiago Martín firmó un convenio colectivo para los 65.000 trabajadores y la valoración de su política de gestión"

AHORA SE COMPRENDE TODO
Ahora hagamos números (sólo de este acuerdo, porque si pensamos en el anterior -2003 y 2004, firmado por ccoo, csif y ugt... vale más no pensar):
1 millón cuatrocientos mil (1.400.000) euros entre 65000 trabajadores de correos, pues a 22 euros fijos para cada trabajador.
Y podemos seguir imaginando. Y nosotros preocupados por si vanimos a trabajar y nos descuentan dinero ¡seamos serios!

sábado



CCOO expulsada del CAM-2 mañana.
Por la tarde ni vinieron.

"No hay nada más terrible que la debilidad apoyada en la fuerza"


Ayer comisiones obreras intentó penetrar en las almas de los trabajadores del CAM-2. Pero no pudieron. Intentaron llavar a cabo una asamblea pero los trabajadores se negaron a escuchar más mentiras, a empalagarse con más engaños.

Cuando los trabajadores nos vamos dando cuenta de que ya cobramos entre un 12 y un 20 por ciento de salario anual variable, menos entendemos lo que las comisiones obreras, las ugetes y los cesifes nos quieren explicar ¡Qué no expliquen y que reparen su error!

Pero aún así ganarán las elecciones, comprando nuestras almas por los métodos más malsanos. La cesif ganará, me temo, en el norte de la provincia de Barcelona, invitando a comer a los carteros. Un plato de pollo por un voto.

Me llaman de Manresa y me dicen que los carteros de algunos pueblos acuden a comer a la llamada de la CSIF ¿no se han dado cuenta que cobran 202.12 euros menos en el sueldo base, por acuerdo de CCOO, UGT y CSIF en marzo de 2003?
Debe ser que no.

Y ganarán ccoo, ugt y csif... y será PARA NADA. No servirá para nada, porque sus delegados han abandonado la reivindicación para caer en el servilismo, y su debilidad es nuestra perdición. Y la empresa lo sabe.

¡Qué vienen los de la csif! ¡NO IMPORTA! Yo tengo mi CD relajante


La csif regala discos en la campaña electoral y nos quita derechos durante los cuatro años siguientes

Ayer estuvimos de asambleas por Manresa y alrededores. Cuando pensábamos en volver para casa, recibimos una llamada telefónica. Era una compañera que nos dice que está indignada. Ha recibido un sobre de ese sindicato que se llama la csif. En el interior del sobre, lo siguiente:

-Un librito a todo color sobre la vida y milagros de la empresa y lo mucho que la csif ha luchado por los funcionarios y los laborales.

-Un bolígrafo con el logotipo de la csif

-Un CD con música clásica y sonidos del mar (precio según etiqueta que no habían quitado: 4 euros)

Pues sí. eso era lo que había dentro, y yo lo veía pero no me lo podía creer (por eso adjunto una fotografía del kit sindical). Ejemplo de la lucha por la defensa de los derechos de los trabajadores al más puro estilo caciquil en el que se le envían regalos INCLUSO A LOS NO AFILIADOS (como en este caso).

¡Qué los de la csif en 2003 (1 de marzo, exactamente) le bajaron el sueldo a los laborales 202.12 euros en el sueldo base! Dice uno
¡NO IMPORTA! -responden otro ¡Yo ya tengo mi CD relajante!


¡Qué los de la csif pactaron en 2003 (1 de marzo) quitarnos los asuntos propios a los laborales y ahora nos los devuelven en el convenio y nos lo venden como si fuera un logro nuevo! Dice uno
¡NO IMPORTA! - responde otro. ¡Yo tengo mi CD relajante!


¡Qué los de la csif pactaron llevarnos alo CTA por 180 euros de una sola vez! Dice uno
¡NO IMPORTA! - responde otro. ¡Yo tengo mi CD relajante!


¡Que los de la csif acordaron con la empresa que todo aquel que denunciara a Correos quedaría excluido de las bolsas de empleo! Dice uno
¡NO IMPORTA! -. responde otro ¡Yo tengo mi CD relajante!

Me los imagino. Todos juntos, felices con los sobres y los "bolis", con los libritos y los CDs... ¡pásame un sobre! ¡toma un CD! ¡Qué contentos estarán los trabajadores de Correos.

Les diremos que este año gracias a nosotros tendrán 2 días más de asuntos propios, dice uno de ellos mientras ensobra los regalitos. Pero ¡si son los de siempre que nos los habían quitado! Dice otro mientras ensobra que te ensobra.

Ya lo sabemos,dice otro, pero por si se dan cuenta les enviamos este CD relajante con sonidos marinos para calmarlos y calmarlos y calmarlos.

Hubo una época en que los sindicatos enviaban a los trabajadores convocatorias de asambleas y propuestas de subidas salariales. Hoy, envían CDs y bolígrafos para disimular sus pactos con la empresa. Estos de la csif, ccoo y los de la ugt pueden ganar hasta las elecciones, pero no habrá servido para nada. Los funcionarios y los laborales no habremos obtenido nada.

Son cosas del más allá, que ni Giménez del Oso ha logrado descifrar.

domingo

EXPLICACION DE LA SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO


"La peor cobardía es saber lo que es justo y no hacerlo"
Yves Montand

El Tribunal Supremo anula los acuerdos con CCOO, CSIF y UGT, dando la razón al SiPcte-USO (sentencia de marzo de 2007)

El Tribunal Supremo declara el derecho de los trabajadores despedidos e indemnizados de Correos a no ser excluidos de la Bolsa de Empleo y anula el acuerdo entre Correos, UGT, CSIF y CCOO “por discriminatorio” y “contrario a la Constitución”.

El Tribunal Supremo declara ilegal y contrario a la Constitución el Acuerdo firmado por Correos, CCOO, UGT y CSIF de excluir a los trabajadores que acudan a los tribunales, aunque sean indemnizados por despido.


Correos es obligado a incluir en las bolsas de empleo hasta 6000 trabajadores del todo el territorio nacional por privarles de trabajo durante los tres ultimos años. En la Comunidad Autónoma de Cataluña se cifran en unos 2000 los afectados.


Estos trabajadores fueron excluidos también de la última oposición de acceso a personal laboral fijo y fueron excluidos del examen por presentar demanda por despido. Todo ello como consecuencia del Acuerdo entre Correos y los sindicatos CCOO, UGT y CSIF.

El Supremo declaró en sentencia de 9 de marzo de 2007, publicada el día 12 de abril de 2007 contrario al principio de igualdad constitucional los Acuerdos de desarrollo del Primer Convenio Colectivo de Correos y Telégrafos (BOE 28.05.2004), cuyo Anexo III íntegra el Acuerdo sobre el procedimiento y normativa de contratación del personal laboral temporal en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, SA., en que fijaba en los puntos 5.3, sobre “Sistema de selección. Requisitos” (del personal laboral temporal para poder ser contratado), concretamente el “No haber sido despedido ni indemnizado por despido en Correos y Telégrafos”, y 8.1, “Motivos para decaer de las bolsas de empleo”, en particular “Por haber sido despedido y/o indemnizado”. Aquel acuerdo fue suscrito por las organizaciones sindicales CCOO, UGT, CSI-CSIF y la empresa Correos.

La demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional fue presentada por el sindicato USO (SiPcte-USOC en Cataluña), el STA-IV, STEI-i, CIC, y CIGA.

Con fecha 22 de febrero de 2005 la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional estimó parcialmente las demandas sobre conflicto colectivo, declarando el derecho de los trabajadores afectados a no ser excluidos de las Bolsas de empleo en las situaciones de despido nulo, despido por causas objetivas, económicas, tecnológicas y por fuerza mayor y despido colectivo ni en los actos preparatorios de los despidos no Indemnizados, condenando a la parte demandada a estar y pasar por tal declaración, y absolviendo a correos en el caso de despidos improcedente indemnizados o cuando existiría cualquier tipo de indemnización


FINALMENTE, EL TRIBUNAL SUPREMO, PONE LAS COSAS EN SU SITIO

El Tribunal Supremo en sentencia con fecha 9 de Marzo de 2007 declara el derecho de los trabajadores de la empresa demandada Correos que hayan visto rescindido su contrato con el percibo de una indemnización, sea en proceso por despido, sea en acto de conciliación previo al proceso, a no ser excluidos de la Bolsa de Empleo da la demandada por tal causa, con lo cual ha estimado en su integridad la demanda presentada en su día.

El Alto Tribunal afirma que la exclusión de ofertar contratos a los trabajadores despedidos atenta contra del principio de igualdad que establece el articulo 14 de la Constitución porque “quienes han visto rescindidos sus contratos de trabajo con la empresa de forma indemnizada se ven luego excluidos de la bolsa de Empleo de la empresa y no son incluidos, posteriormente, en ella aunque lo pidan. Tal exclusión de la Bolsa de Empleo pudiera ser atentatoria contra el principio de igualdad, por cuanto los excluidos reciben un trato diferente de otros trabajadores. Por ello, conforme al articulo 96 de la Ley de Procedimiento Laboral, los demandados venían obligados a probar la existencia de una justificación objetiva, razonable y proporcionada de tal exclusión, prueba que no han logrado, lo que obliga a estimar que ese desigual trato es infundado”.

Correos, CCOO, UGT y CSIF alegaron “que la indemnización percibida por los excluidos de la Bolsa de Empleo justifica la diferencia de trato… pero tal alegación no es acogible, según el Tribunal Supremo, porque de admitirse conllevaría el que quedase al arbitrio de la empresa la posible exclusión de una persona de la bolsa, al ser ella quien opta por la rescisión contractual a cambio de una indemnización mínima al tratarse de un contrato temporal en la mayoría de los casos, sino, principalmente porque tal consecuencia, la exclusión, no se deriva necesariamente de la extinción del contrato” y continua” de la rescisión indemnizada de un contrato de trabajo no se deriva la incapacidad del trabajador para volver a ser contratado por la empresa que lo indemniza”

Según el Tribunal Supremo el trabajador indemnizado cuando haya nueva oferta de empleo debe concurrir en condiciones de igualdad con otros para cubrirla, máxime teniendo en cuenta que el cobro de la indemnización revela que la rescisión contractual se produjo por causa imputable a la empresa, quien nada habría pagado de ser procedente el cese.

Pero, por qué CCOO, UGT y CSIF firmaron ese acuerdo

La empresa Correos necesitaba encontrar una fórmula para poder seguir haciendo contratos en fraude (de mes a mes y encadenados) para contratar y despedir a su gusto. Para ello quiso contar con el apoyo de los sindicatos a los que nos ofreció dinero y horas sindicales a cambio del apoyo en forma de Acuerdo.

Algunos sindicatos, entre ellos USO y SiPcte-USOC, NO aceptamos los "regalos" de Correos a los sindicatos a cambio de perjudicar a los trabajadores. Todos sabéis a cambio de qué lo hacen.

Efectos del fallo del Tribunal Supremo

1.- Los trabajadores excluidos deberán ser incluidos en las bolsas de empleo del año 1993 y 2005 al quedar ANULADO el acuerdo empresa-sindicatos.

2.- Hasta 6000 personas aproximadamente en todo el territorio nacional y 2000 en Cataluña, fueron excluidas de las bolsas de empleo creadas en el año 2005 y en las anteriores de 1993 y podrán acudir a los Tribunales para llevar a cabo otro tipo de acciones, que conforme a la sentencia del Supremo, pudieran tener derecho (indemnizaciones económicas).

3.- Entre veinte mil y setenta mil trabajadores, que conforman las bolsas de empleo, de Correos en todo el territorio nacional han visto mejorados sus derechos con esta sentencia al permitirles a partir de ahora acudir a los tribunales reclamando sus derechos , sin ver perjudicas sus expectativas de trabajo, es decir, acceder al empleo en condiciones de igualdad.

4.- Correos tendrá que dejar de hacer masivamente contratos fraudulentos, porque sus trabajadores temporales podrán volver acudir a los Tribunales a reclamar su condición de fijo, su derecho a percibir una indemnización y su derecho a volver a ser contratado.

Satisfacción por la Sentencia del Tribunal Supremo

Los promotores de la demanda declaramos nuestra satisfacción ya que el Supremo con esta sentencia deja claro que la exclusión del acuerdo de 27 de febrero de 2004 de los trabajadores de Correos despedidos e indemnizados ha sido anulada. Al final, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo nos da la razón y declara la nulidad del acuerdo entre Correos y UGT, CCOO y CSIF respecto a la exclusión de los trabajadores despedidos e indemnizados porque lo declara DISCRIMINATORIO.

Ahora, la empresa debe dar una respuesta, en forma de reparación, a los trabajadores que han sido excluidos de la bolsa en los últimos 3 años.

Correos ha construido su política de empleo del personal laboral (bolsas de empleo, concursos oposición, promoción, etc.) desde el año 2004, como un castillo de naipes sobre el miedo y la exclusión de todo aquel que reclamaba sus derechos en los tribunales y con esta sentencia el castillo se ha venido abajo y se vera obligado hacer contratos fijos y no temporales.

Durante todo este proceso, los delegados de SiPcte-USOC fuimos detenidos en los locales sindicales y fichados. Vean.

En su día SiPcte-USOC le pidió a Correos que permitiera trabajar a los trabajadores que tuvieran demandas en los tribunales en tanto el Tribunal Supremo no dictaba sentencia a favor o en contra de el mencionado acuerdo, pero la empresa prefirió actuar sin esperar el dictamen del Alto Tribunal y además, cuando conseguimos que la Audiencia dictara un auto obligando a Correos a “incluirlos en Bolsas de empleo provisionalmente y eliminar la lista de trabajadores” en lista negra.

Correos acudió al Juzgado y denunció a los 9 delegados sindicales de SiPcte-USOC de Correos acusándoles de haber “sustraído” el ordenador en el que estaba el listado. Fuimos absueltos ya que la denuncia era evidentemente falsa.

Todas las averiguaciones indicaban que Correos se había “sustraído” a si mismo el ordenador para obstaculizar el cumplimiento del Auto de la Audiencia Nacional e impedir lo que finalmente ha sido inevitable.

AL FINAL

Finalmente, esto ha terminado, la sentencia es FIRME, no cabe recurso de ningún tipo. Los trabajadores de Correos han ganado.

SiPcte-USOC, promotor principal de esta demanda, felicita a todos los trabajadores. Nosotros estamos por lo que hay que estar y agradecemos de corazón a todos aquellos que han confiado en nosotros y en la justicia.


Manuel Aguilella Salgado
Secretario de Acción Sindical de SiPcte-USOC
(Sindicato independiente Correos-Unión Sindical Obrera)