domingo

EXPLICACION DE LA SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO


"La peor cobardía es saber lo que es justo y no hacerlo"
Yves Montand

El Tribunal Supremo anula los acuerdos con CCOO, CSIF y UGT, dando la razón al SiPcte-USO (sentencia de marzo de 2007)

El Tribunal Supremo declara el derecho de los trabajadores despedidos e indemnizados de Correos a no ser excluidos de la Bolsa de Empleo y anula el acuerdo entre Correos, UGT, CSIF y CCOO “por discriminatorio” y “contrario a la Constitución”.

El Tribunal Supremo declara ilegal y contrario a la Constitución el Acuerdo firmado por Correos, CCOO, UGT y CSIF de excluir a los trabajadores que acudan a los tribunales, aunque sean indemnizados por despido.


Correos es obligado a incluir en las bolsas de empleo hasta 6000 trabajadores del todo el territorio nacional por privarles de trabajo durante los tres ultimos años. En la Comunidad Autónoma de Cataluña se cifran en unos 2000 los afectados.


Estos trabajadores fueron excluidos también de la última oposición de acceso a personal laboral fijo y fueron excluidos del examen por presentar demanda por despido. Todo ello como consecuencia del Acuerdo entre Correos y los sindicatos CCOO, UGT y CSIF.

El Supremo declaró en sentencia de 9 de marzo de 2007, publicada el día 12 de abril de 2007 contrario al principio de igualdad constitucional los Acuerdos de desarrollo del Primer Convenio Colectivo de Correos y Telégrafos (BOE 28.05.2004), cuyo Anexo III íntegra el Acuerdo sobre el procedimiento y normativa de contratación del personal laboral temporal en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, SA., en que fijaba en los puntos 5.3, sobre “Sistema de selección. Requisitos” (del personal laboral temporal para poder ser contratado), concretamente el “No haber sido despedido ni indemnizado por despido en Correos y Telégrafos”, y 8.1, “Motivos para decaer de las bolsas de empleo”, en particular “Por haber sido despedido y/o indemnizado”. Aquel acuerdo fue suscrito por las organizaciones sindicales CCOO, UGT, CSI-CSIF y la empresa Correos.

La demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional fue presentada por el sindicato USO (SiPcte-USOC en Cataluña), el STA-IV, STEI-i, CIC, y CIGA.

Con fecha 22 de febrero de 2005 la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional estimó parcialmente las demandas sobre conflicto colectivo, declarando el derecho de los trabajadores afectados a no ser excluidos de las Bolsas de empleo en las situaciones de despido nulo, despido por causas objetivas, económicas, tecnológicas y por fuerza mayor y despido colectivo ni en los actos preparatorios de los despidos no Indemnizados, condenando a la parte demandada a estar y pasar por tal declaración, y absolviendo a correos en el caso de despidos improcedente indemnizados o cuando existiría cualquier tipo de indemnización


FINALMENTE, EL TRIBUNAL SUPREMO, PONE LAS COSAS EN SU SITIO

El Tribunal Supremo en sentencia con fecha 9 de Marzo de 2007 declara el derecho de los trabajadores de la empresa demandada Correos que hayan visto rescindido su contrato con el percibo de una indemnización, sea en proceso por despido, sea en acto de conciliación previo al proceso, a no ser excluidos de la Bolsa de Empleo da la demandada por tal causa, con lo cual ha estimado en su integridad la demanda presentada en su día.

El Alto Tribunal afirma que la exclusión de ofertar contratos a los trabajadores despedidos atenta contra del principio de igualdad que establece el articulo 14 de la Constitución porque “quienes han visto rescindidos sus contratos de trabajo con la empresa de forma indemnizada se ven luego excluidos de la bolsa de Empleo de la empresa y no son incluidos, posteriormente, en ella aunque lo pidan. Tal exclusión de la Bolsa de Empleo pudiera ser atentatoria contra el principio de igualdad, por cuanto los excluidos reciben un trato diferente de otros trabajadores. Por ello, conforme al articulo 96 de la Ley de Procedimiento Laboral, los demandados venían obligados a probar la existencia de una justificación objetiva, razonable y proporcionada de tal exclusión, prueba que no han logrado, lo que obliga a estimar que ese desigual trato es infundado”.

Correos, CCOO, UGT y CSIF alegaron “que la indemnización percibida por los excluidos de la Bolsa de Empleo justifica la diferencia de trato… pero tal alegación no es acogible, según el Tribunal Supremo, porque de admitirse conllevaría el que quedase al arbitrio de la empresa la posible exclusión de una persona de la bolsa, al ser ella quien opta por la rescisión contractual a cambio de una indemnización mínima al tratarse de un contrato temporal en la mayoría de los casos, sino, principalmente porque tal consecuencia, la exclusión, no se deriva necesariamente de la extinción del contrato” y continua” de la rescisión indemnizada de un contrato de trabajo no se deriva la incapacidad del trabajador para volver a ser contratado por la empresa que lo indemniza”

Según el Tribunal Supremo el trabajador indemnizado cuando haya nueva oferta de empleo debe concurrir en condiciones de igualdad con otros para cubrirla, máxime teniendo en cuenta que el cobro de la indemnización revela que la rescisión contractual se produjo por causa imputable a la empresa, quien nada habría pagado de ser procedente el cese.

Pero, por qué CCOO, UGT y CSIF firmaron ese acuerdo

La empresa Correos necesitaba encontrar una fórmula para poder seguir haciendo contratos en fraude (de mes a mes y encadenados) para contratar y despedir a su gusto. Para ello quiso contar con el apoyo de los sindicatos a los que nos ofreció dinero y horas sindicales a cambio del apoyo en forma de Acuerdo.

Algunos sindicatos, entre ellos USO y SiPcte-USOC, NO aceptamos los "regalos" de Correos a los sindicatos a cambio de perjudicar a los trabajadores. Todos sabéis a cambio de qué lo hacen.

Efectos del fallo del Tribunal Supremo

1.- Los trabajadores excluidos deberán ser incluidos en las bolsas de empleo del año 1993 y 2005 al quedar ANULADO el acuerdo empresa-sindicatos.

2.- Hasta 6000 personas aproximadamente en todo el territorio nacional y 2000 en Cataluña, fueron excluidas de las bolsas de empleo creadas en el año 2005 y en las anteriores de 1993 y podrán acudir a los Tribunales para llevar a cabo otro tipo de acciones, que conforme a la sentencia del Supremo, pudieran tener derecho (indemnizaciones económicas).

3.- Entre veinte mil y setenta mil trabajadores, que conforman las bolsas de empleo, de Correos en todo el territorio nacional han visto mejorados sus derechos con esta sentencia al permitirles a partir de ahora acudir a los tribunales reclamando sus derechos , sin ver perjudicas sus expectativas de trabajo, es decir, acceder al empleo en condiciones de igualdad.

4.- Correos tendrá que dejar de hacer masivamente contratos fraudulentos, porque sus trabajadores temporales podrán volver acudir a los Tribunales a reclamar su condición de fijo, su derecho a percibir una indemnización y su derecho a volver a ser contratado.

Satisfacción por la Sentencia del Tribunal Supremo

Los promotores de la demanda declaramos nuestra satisfacción ya que el Supremo con esta sentencia deja claro que la exclusión del acuerdo de 27 de febrero de 2004 de los trabajadores de Correos despedidos e indemnizados ha sido anulada. Al final, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo nos da la razón y declara la nulidad del acuerdo entre Correos y UGT, CCOO y CSIF respecto a la exclusión de los trabajadores despedidos e indemnizados porque lo declara DISCRIMINATORIO.

Ahora, la empresa debe dar una respuesta, en forma de reparación, a los trabajadores que han sido excluidos de la bolsa en los últimos 3 años.

Correos ha construido su política de empleo del personal laboral (bolsas de empleo, concursos oposición, promoción, etc.) desde el año 2004, como un castillo de naipes sobre el miedo y la exclusión de todo aquel que reclamaba sus derechos en los tribunales y con esta sentencia el castillo se ha venido abajo y se vera obligado hacer contratos fijos y no temporales.

Durante todo este proceso, los delegados de SiPcte-USOC fuimos detenidos en los locales sindicales y fichados. Vean.

En su día SiPcte-USOC le pidió a Correos que permitiera trabajar a los trabajadores que tuvieran demandas en los tribunales en tanto el Tribunal Supremo no dictaba sentencia a favor o en contra de el mencionado acuerdo, pero la empresa prefirió actuar sin esperar el dictamen del Alto Tribunal y además, cuando conseguimos que la Audiencia dictara un auto obligando a Correos a “incluirlos en Bolsas de empleo provisionalmente y eliminar la lista de trabajadores” en lista negra.

Correos acudió al Juzgado y denunció a los 9 delegados sindicales de SiPcte-USOC de Correos acusándoles de haber “sustraído” el ordenador en el que estaba el listado. Fuimos absueltos ya que la denuncia era evidentemente falsa.

Todas las averiguaciones indicaban que Correos se había “sustraído” a si mismo el ordenador para obstaculizar el cumplimiento del Auto de la Audiencia Nacional e impedir lo que finalmente ha sido inevitable.

AL FINAL

Finalmente, esto ha terminado, la sentencia es FIRME, no cabe recurso de ningún tipo. Los trabajadores de Correos han ganado.

SiPcte-USOC, promotor principal de esta demanda, felicita a todos los trabajadores. Nosotros estamos por lo que hay que estar y agradecemos de corazón a todos aquellos que han confiado en nosotros y en la justicia.


Manuel Aguilella Salgado
Secretario de Acción Sindical de SiPcte-USOC
(Sindicato independiente Correos-Unión Sindical Obrera)

1 comentario:

MARI LUZ dijo...

YO también quiero felicitar a todos los compañeros afectados, pero quiero agradecer sinceramente a Manolo Jesus y toda la gran familia de Sipcte-usoc la gran labor que están haciendo, porque para mi no son un sindicato son unas personas excelentes maravillosas, dispuestas a ayudarte en lo que sea y a la hora o el dia que sea son como una gran familia y la verdad con lo mal que lo hemos pasado los despedidos, es muy de agradecer sus palabras constantes de ánimo y su lucha incondicional, ya se que muchos pensaran: es su labor para eso son sindicalistas pero el que diga eso es que realmente no sabe bien todo lo que estáis haciendo y no os conoce bien y lo que más me duele también es que aparte de todo lo que ha pasado y lo que estais luchando por todos los compañeros tenemos la desgracia de no poder daros ni un voto por culpa de unos sinverguenzas sin escrúpulos, aunque para mi siempre seréis los únicos siempre os llevo en mi corazón y os doy las gracias sinceramente por todo
un abrazo
Mari Luz Caballero