sábado

¡Qué vienen los de la csif! ¡NO IMPORTA! Yo tengo mi CD relajante


La csif regala discos en la campaña electoral y nos quita derechos durante los cuatro años siguientes

Ayer estuvimos de asambleas por Manresa y alrededores. Cuando pensábamos en volver para casa, recibimos una llamada telefónica. Era una compañera que nos dice que está indignada. Ha recibido un sobre de ese sindicato que se llama la csif. En el interior del sobre, lo siguiente:

-Un librito a todo color sobre la vida y milagros de la empresa y lo mucho que la csif ha luchado por los funcionarios y los laborales.

-Un bolígrafo con el logotipo de la csif

-Un CD con música clásica y sonidos del mar (precio según etiqueta que no habían quitado: 4 euros)

Pues sí. eso era lo que había dentro, y yo lo veía pero no me lo podía creer (por eso adjunto una fotografía del kit sindical). Ejemplo de la lucha por la defensa de los derechos de los trabajadores al más puro estilo caciquil en el que se le envían regalos INCLUSO A LOS NO AFILIADOS (como en este caso).

¡Qué los de la csif en 2003 (1 de marzo, exactamente) le bajaron el sueldo a los laborales 202.12 euros en el sueldo base! Dice uno
¡NO IMPORTA! -responden otro ¡Yo ya tengo mi CD relajante!


¡Qué los de la csif pactaron en 2003 (1 de marzo) quitarnos los asuntos propios a los laborales y ahora nos los devuelven en el convenio y nos lo venden como si fuera un logro nuevo! Dice uno
¡NO IMPORTA! - responde otro. ¡Yo tengo mi CD relajante!


¡Qué los de la csif pactaron llevarnos alo CTA por 180 euros de una sola vez! Dice uno
¡NO IMPORTA! - responde otro. ¡Yo tengo mi CD relajante!


¡Que los de la csif acordaron con la empresa que todo aquel que denunciara a Correos quedaría excluido de las bolsas de empleo! Dice uno
¡NO IMPORTA! -. responde otro ¡Yo tengo mi CD relajante!

Me los imagino. Todos juntos, felices con los sobres y los "bolis", con los libritos y los CDs... ¡pásame un sobre! ¡toma un CD! ¡Qué contentos estarán los trabajadores de Correos.

Les diremos que este año gracias a nosotros tendrán 2 días más de asuntos propios, dice uno de ellos mientras ensobra los regalitos. Pero ¡si son los de siempre que nos los habían quitado! Dice otro mientras ensobra que te ensobra.

Ya lo sabemos,dice otro, pero por si se dan cuenta les enviamos este CD relajante con sonidos marinos para calmarlos y calmarlos y calmarlos.

Hubo una época en que los sindicatos enviaban a los trabajadores convocatorias de asambleas y propuestas de subidas salariales. Hoy, envían CDs y bolígrafos para disimular sus pactos con la empresa. Estos de la csif, ccoo y los de la ugt pueden ganar hasta las elecciones, pero no habrá servido para nada. Los funcionarios y los laborales no habremos obtenido nada.

Son cosas del más allá, que ni Giménez del Oso ha logrado descifrar.

domingo

EXPLICACION DE LA SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO


"La peor cobardía es saber lo que es justo y no hacerlo"
Yves Montand

El Tribunal Supremo anula los acuerdos con CCOO, CSIF y UGT, dando la razón al SiPcte-USO (sentencia de marzo de 2007)

El Tribunal Supremo declara el derecho de los trabajadores despedidos e indemnizados de Correos a no ser excluidos de la Bolsa de Empleo y anula el acuerdo entre Correos, UGT, CSIF y CCOO “por discriminatorio” y “contrario a la Constitución”.

El Tribunal Supremo declara ilegal y contrario a la Constitución el Acuerdo firmado por Correos, CCOO, UGT y CSIF de excluir a los trabajadores que acudan a los tribunales, aunque sean indemnizados por despido.


Correos es obligado a incluir en las bolsas de empleo hasta 6000 trabajadores del todo el territorio nacional por privarles de trabajo durante los tres ultimos años. En la Comunidad Autónoma de Cataluña se cifran en unos 2000 los afectados.


Estos trabajadores fueron excluidos también de la última oposición de acceso a personal laboral fijo y fueron excluidos del examen por presentar demanda por despido. Todo ello como consecuencia del Acuerdo entre Correos y los sindicatos CCOO, UGT y CSIF.

El Supremo declaró en sentencia de 9 de marzo de 2007, publicada el día 12 de abril de 2007 contrario al principio de igualdad constitucional los Acuerdos de desarrollo del Primer Convenio Colectivo de Correos y Telégrafos (BOE 28.05.2004), cuyo Anexo III íntegra el Acuerdo sobre el procedimiento y normativa de contratación del personal laboral temporal en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, SA., en que fijaba en los puntos 5.3, sobre “Sistema de selección. Requisitos” (del personal laboral temporal para poder ser contratado), concretamente el “No haber sido despedido ni indemnizado por despido en Correos y Telégrafos”, y 8.1, “Motivos para decaer de las bolsas de empleo”, en particular “Por haber sido despedido y/o indemnizado”. Aquel acuerdo fue suscrito por las organizaciones sindicales CCOO, UGT, CSI-CSIF y la empresa Correos.

La demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional fue presentada por el sindicato USO (SiPcte-USOC en Cataluña), el STA-IV, STEI-i, CIC, y CIGA.

Con fecha 22 de febrero de 2005 la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional estimó parcialmente las demandas sobre conflicto colectivo, declarando el derecho de los trabajadores afectados a no ser excluidos de las Bolsas de empleo en las situaciones de despido nulo, despido por causas objetivas, económicas, tecnológicas y por fuerza mayor y despido colectivo ni en los actos preparatorios de los despidos no Indemnizados, condenando a la parte demandada a estar y pasar por tal declaración, y absolviendo a correos en el caso de despidos improcedente indemnizados o cuando existiría cualquier tipo de indemnización


FINALMENTE, EL TRIBUNAL SUPREMO, PONE LAS COSAS EN SU SITIO

El Tribunal Supremo en sentencia con fecha 9 de Marzo de 2007 declara el derecho de los trabajadores de la empresa demandada Correos que hayan visto rescindido su contrato con el percibo de una indemnización, sea en proceso por despido, sea en acto de conciliación previo al proceso, a no ser excluidos de la Bolsa de Empleo da la demandada por tal causa, con lo cual ha estimado en su integridad la demanda presentada en su día.

El Alto Tribunal afirma que la exclusión de ofertar contratos a los trabajadores despedidos atenta contra del principio de igualdad que establece el articulo 14 de la Constitución porque “quienes han visto rescindidos sus contratos de trabajo con la empresa de forma indemnizada se ven luego excluidos de la bolsa de Empleo de la empresa y no son incluidos, posteriormente, en ella aunque lo pidan. Tal exclusión de la Bolsa de Empleo pudiera ser atentatoria contra el principio de igualdad, por cuanto los excluidos reciben un trato diferente de otros trabajadores. Por ello, conforme al articulo 96 de la Ley de Procedimiento Laboral, los demandados venían obligados a probar la existencia de una justificación objetiva, razonable y proporcionada de tal exclusión, prueba que no han logrado, lo que obliga a estimar que ese desigual trato es infundado”.

Correos, CCOO, UGT y CSIF alegaron “que la indemnización percibida por los excluidos de la Bolsa de Empleo justifica la diferencia de trato… pero tal alegación no es acogible, según el Tribunal Supremo, porque de admitirse conllevaría el que quedase al arbitrio de la empresa la posible exclusión de una persona de la bolsa, al ser ella quien opta por la rescisión contractual a cambio de una indemnización mínima al tratarse de un contrato temporal en la mayoría de los casos, sino, principalmente porque tal consecuencia, la exclusión, no se deriva necesariamente de la extinción del contrato” y continua” de la rescisión indemnizada de un contrato de trabajo no se deriva la incapacidad del trabajador para volver a ser contratado por la empresa que lo indemniza”

Según el Tribunal Supremo el trabajador indemnizado cuando haya nueva oferta de empleo debe concurrir en condiciones de igualdad con otros para cubrirla, máxime teniendo en cuenta que el cobro de la indemnización revela que la rescisión contractual se produjo por causa imputable a la empresa, quien nada habría pagado de ser procedente el cese.

Pero, por qué CCOO, UGT y CSIF firmaron ese acuerdo

La empresa Correos necesitaba encontrar una fórmula para poder seguir haciendo contratos en fraude (de mes a mes y encadenados) para contratar y despedir a su gusto. Para ello quiso contar con el apoyo de los sindicatos a los que nos ofreció dinero y horas sindicales a cambio del apoyo en forma de Acuerdo.

Algunos sindicatos, entre ellos USO y SiPcte-USOC, NO aceptamos los "regalos" de Correos a los sindicatos a cambio de perjudicar a los trabajadores. Todos sabéis a cambio de qué lo hacen.

Efectos del fallo del Tribunal Supremo

1.- Los trabajadores excluidos deberán ser incluidos en las bolsas de empleo del año 1993 y 2005 al quedar ANULADO el acuerdo empresa-sindicatos.

2.- Hasta 6000 personas aproximadamente en todo el territorio nacional y 2000 en Cataluña, fueron excluidas de las bolsas de empleo creadas en el año 2005 y en las anteriores de 1993 y podrán acudir a los Tribunales para llevar a cabo otro tipo de acciones, que conforme a la sentencia del Supremo, pudieran tener derecho (indemnizaciones económicas).

3.- Entre veinte mil y setenta mil trabajadores, que conforman las bolsas de empleo, de Correos en todo el territorio nacional han visto mejorados sus derechos con esta sentencia al permitirles a partir de ahora acudir a los tribunales reclamando sus derechos , sin ver perjudicas sus expectativas de trabajo, es decir, acceder al empleo en condiciones de igualdad.

4.- Correos tendrá que dejar de hacer masivamente contratos fraudulentos, porque sus trabajadores temporales podrán volver acudir a los Tribunales a reclamar su condición de fijo, su derecho a percibir una indemnización y su derecho a volver a ser contratado.

Satisfacción por la Sentencia del Tribunal Supremo

Los promotores de la demanda declaramos nuestra satisfacción ya que el Supremo con esta sentencia deja claro que la exclusión del acuerdo de 27 de febrero de 2004 de los trabajadores de Correos despedidos e indemnizados ha sido anulada. Al final, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo nos da la razón y declara la nulidad del acuerdo entre Correos y UGT, CCOO y CSIF respecto a la exclusión de los trabajadores despedidos e indemnizados porque lo declara DISCRIMINATORIO.

Ahora, la empresa debe dar una respuesta, en forma de reparación, a los trabajadores que han sido excluidos de la bolsa en los últimos 3 años.

Correos ha construido su política de empleo del personal laboral (bolsas de empleo, concursos oposición, promoción, etc.) desde el año 2004, como un castillo de naipes sobre el miedo y la exclusión de todo aquel que reclamaba sus derechos en los tribunales y con esta sentencia el castillo se ha venido abajo y se vera obligado hacer contratos fijos y no temporales.

Durante todo este proceso, los delegados de SiPcte-USOC fuimos detenidos en los locales sindicales y fichados. Vean.

En su día SiPcte-USOC le pidió a Correos que permitiera trabajar a los trabajadores que tuvieran demandas en los tribunales en tanto el Tribunal Supremo no dictaba sentencia a favor o en contra de el mencionado acuerdo, pero la empresa prefirió actuar sin esperar el dictamen del Alto Tribunal y además, cuando conseguimos que la Audiencia dictara un auto obligando a Correos a “incluirlos en Bolsas de empleo provisionalmente y eliminar la lista de trabajadores” en lista negra.

Correos acudió al Juzgado y denunció a los 9 delegados sindicales de SiPcte-USOC de Correos acusándoles de haber “sustraído” el ordenador en el que estaba el listado. Fuimos absueltos ya que la denuncia era evidentemente falsa.

Todas las averiguaciones indicaban que Correos se había “sustraído” a si mismo el ordenador para obstaculizar el cumplimiento del Auto de la Audiencia Nacional e impedir lo que finalmente ha sido inevitable.

AL FINAL

Finalmente, esto ha terminado, la sentencia es FIRME, no cabe recurso de ningún tipo. Los trabajadores de Correos han ganado.

SiPcte-USOC, promotor principal de esta demanda, felicita a todos los trabajadores. Nosotros estamos por lo que hay que estar y agradecemos de corazón a todos aquellos que han confiado en nosotros y en la justicia.


Manuel Aguilella Salgado
Secretario de Acción Sindical de SiPcte-USOC
(Sindicato independiente Correos-Unión Sindical Obrera)

jueves

HOY ES UN DIA GLORIOSO: SENTENCIA DEL SUPREMO



SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE MARZO DE 2007, RECIBIDA EL DIA 12-4-2007 que ANULA EL PUNTO NEGRO por denunciar a Correos
(Sentencia ganada por USO y SiPcte defendida por nuestro abobado JOSE MANUEL CASTAÑO HOLGADO y Jesús BELTRAN BERNAL)
Sentencia por la que se deja sin efecto el acuerdo que excluye de las bolsas de empleo a los trabajadores que hubieran deninciado a Correos. Es decir, todos aquellos que estuviérais excluidos el TRIBUNAL ordena vuestra inclusión previa petición del trabajador. Ello conlleva la petición de daños y perjuicios.
SE CONVOCA ASAMBLEA PARA EL DIA 17 DE ABRIL DE 2007, MARTES
LUGAR: CENTRO CIVICO DRASSANES calle Nou de la Rambla nro 43, junto paral.lel (metro paral.lel linea verde Barcelona) A las
: 19 HORAS
DEBERIAN ASISTIR TODOS LOS DESPEDIDOS CON PUNTO NEGRO AUNQUE NO QUIEREN VOLVER A CORREOS PODRAN EXIGIR INDEMNIZACION POR LOS AÑOS NO TRABAJADOS
No vamos a ocultar nuestra satisfacción.
Manuel Aguillella SiPcte-USOC Barcelona

Sindicato Independiente Correos y Telégrafos
Unión Sindical Obrera -Catalunya SiPcte-USOC

miércoles

Sobre el sistema retributivo 2006-2008

Explicación de la supuesta subida 2006-2008.
Acuerdo salarial de CCOO, CSIF y Correos INACEPTABLE

El “NUEVO” complemento CPA (de producción y asistencia), únicamente se percibirá en su totalidad si se cumplen los siguientes requisitos:

El año se divide en tres cuatrimestres: Enero-Abril, Mayo-Agosto, Septiembre-Diciembre
- Si durante los 4 meses anteriores faltas 5 días, durante el cuatrimestre siguiente sólo percibirás el 80% del complemento.
- Si durante los 4 meses anteriores faltas 10 días, durante al cuatrimestre siguiente sólo percibirás el 60% del complemento.
- En el caso de que las ausencias sean INTERMITENTES durante estos 4 meses, la reducción se incrementará además en un 10% más.
- Las ausencias se acumularan mientras no se esté trabajando dos meses consecutivamente a nuevas ausencias que puedan producirse.

En la actualidad la percepción de este COMPLEMENTO depende únicamente del absentismo (asistir o no al trabajo), hasta tanto se cuente con sistemas más precisos de medición del RENDIMIENTO INDIVIDUAL (artículo 61.c del II Convenio Colectivo).

MAS COSAS: Si en 2007 no se reducen, en toda España, en 2000 los contratos por absentismo (enfermedad común, accidente no laboral o ausencias injustificadas), cada laboral o funcionario VERAN RECUCIDO su complemento de PRODUCCION y ASISTENCIA (CPA) en unos 28 euros/anuales aproximadamente.

OTROS AUMENTOS PREVISTOS (no sólo para Correos)

Todos los aumentos salariales (sobre pagas extraordinarias o dobles, en las que se aplica también el complemento específico, se trata de un aumento previsto no para Correos si no para todas las empresa públicas. No se trata de una negociación en el ámbito de Correos, sino en el ámbito del Parlamento o en la MESA GENERAL.

OBSERVACIONES

Es posible que durante parte de 2007, no se nos apliquen este tipo de SANCIONES ECONOMICAS, ya que el 10 de Mayo de 2007 serán las elecciones sindicales y esperarán a que pasen para reducirnos el dinero a cobrar. En las elecciones sindicales anteriores hicieron lo mismo estos pájaros.

Lo que resulta incomprensible es que tanto los delegados sindicales de CCOO, como de la CSIF hayan sido capaces de FIRMAR un acuerdo salarial en el que ellos mismos son directamente perjudicados. Resulta incomprensible, pero sus actos parecen más propios de una secta, que de un sindicato. Y que nos perdonen, pero no nos vamos a quedar de brazos cruzados. Respecto a la UGT, cuidado con lo que hace y que se cuide mucho de no estar llevando a cabo una maniobra PREELECTORAL (elecciones sindicales en 2007) y que no se olvide que POR CULPA DE SU ACUERDO cientos de trabajadores de Cataluña ESTAN EN UNA LISTA NEGRA y no pueden trabajar (esto último ha cambiado. La sentencia del Tribunal Supremo de 9 de marzo de 2007, ganada por USO y SiPcte-USOC ha eliminado definitivamente las listas negras en Correos)

lunes

Los delegados “electorales” de CCOO. Tan mayores y haciendo de recaderos del amo


"El delito de los que nos engañan, no está en el engaño, sino en que ya no nos dejan soñar que no nos engañarán nunca"


CCOO ha sacado de paseo a sus delegados por diferentes unidades para pedir a los trabajadores que voten por correo en las próximas elecciones sindicales (no se atreven a realizar asambleas). Son muy libres de hacerlo, pues cada uno hace con sus horas de liberación lo que le place. Y si además las paga la empresa, pues mira, más.

A SiPcte-USOC le parece que el mejor uso que se puede hacer de ellas es informar a los trabajadores, estar vigilantes ante los continuos abusos de la Dirección como los recortes de derechos y de haberes, más o menos encubiertos con retribuciones variables, que afectan por igual a funcionarios y laborales. Pero a CCOO no le parece que eso sea así.

Carlos y Charo, delegados de CCOO, han visitado Badalona y el CAM-2 para incentivar, negociado por negociado, el voto por correo. Lo cierto es que han tenido en estos últimos años motivos más que suficientes para darse un garbeo por esas unidades:

-En Badalona, la huelga iniciada por los mismos trabajadores y respaldada por SiPcte-USOC, a causa de las penosas condiciones del local de la calle Latrilla, un cuchitril infecto. Por allí no se les vio el pelo.
-En el CAM-2, además de las condiciones del centro que hemos denunciado en multitud de ocasiones, hemos vivido más recientemente, noviembre de 2006, los despidos de los PFV’s del pabellón y el calor y el frío excesivo. Los delegados de CCOO no asomaron la cabeza, que sepamos, ni movieron un dedo por los compañeros despedidos.

Pero, mira tú que cosa, a los compañeros de CCOO se les ha despertado ahora la vocación sindical, justo en período electoral, y se han decidido a visitar dichos centros, ejerciendo como delegados, no sindicales, sino electorales. Disponen para ello de muchas horas, buena parte de ellas cedidas por la misma empresa al haber suscrito el llamado Acuerdo de Relaciones Laborales ¡que eufemismo!. Y han hablado del correo por primera vez en mucho tiempo, pero del voto por correo para dar las instrucciones oportunas.

Gastan las horas en lo que mejor saben hacer. A cuenta del voto por correo hubo en las pasadas elecciones ciertas trapisondas y artimañas que esperan repetir de nuevo, pero esta vez estamos alerta. Qué lástima. Seguro que cuando Carlos y Charo comenzaron su andadura sindical, lo hicieron convencidos de trabajar en provecho de los trabajadores, defendiendo sus derechos y promoviendo la mejora de sus condiciones laborales… pero han quedado para esto.


De mesa en mesa pidiendo el voto por correo. “Alguien tiene que hacerlo”, dicen. Es un poco triste. Pero es lo que tiene la vida.

domingo


Sobre los TRIENIOS que tardan LUSTROS
abril 2007

Sobre los trienios se dicen muchas cosas. Es una de las aficiones predilectas de los sindicatos obedientes a la Dirección para desinformar a la plantilla. Se han oído verdaderas melonadas, sorprendentes incluso en boca de algunos indocumentados delegados de otros sindicatos que con este asunto tan sensible, pues afecta a los haberes de los trabajadores, se han superado a sí mismos propagando todo tipo de rumores.

Pero los tribunales van dictando sentencia y los juicios de trienios se van ganando. Recientemente la empresa fue condenada a abonar por ese concepto, previa demanda de 323 eventuales e indefinidos afiliados a SiPcte-USOC, la suma total de 106.000 € (los que lo cobrasteis en julio de 2006), a desglosar entre los demandantes; suma que, en definitiva, Correos pretendía escatimar a quienes les corresponde, a los trabajadores. Una de las sentencias fue dictada por el TSJ de Cataluña y afecta a 212 compañeros por las retribuciones correspondientes al 2002 y la otra por un Juzgado de lo Social, afecta a 111 trabajadores.
Quedan pendientes de cobro vía sentencia judicial procedimientos sobre trienios de años 2003, 2004, 205 y 2006 y demandas de Tramos de los años 2003, 2004, 2005 y 2006. Los juzgados van lentos, pero finalmente cobrarán
Es cierto que la justicia va despacio. Que hay acumulación de causas y las sentencias sobre trienios tardan en salir. Ojalá pudiéramos “forzar” a los juzgados a dictar sentencias con mayor rapidéz

Las sentencias reconocen los trienios correspondientes a cada demandante. También reconocen el derecho a percibir el concepto de antigüedad correspondiente a un año atrás.

En el actual convenio colectivo se reconoce el derecho al reconocimiento de los trienios para evitar, según dice dicho texto, el conflicto judicial arrastrado durante años (se refiere a las demandas que SiPcte-USOC ha presentado a los cientos de afiliados que se lo solicitaron).

NOTA IMPORTANTE: Las demandas de SiPcte-USOC no sólo han sido un procedimiento efectivo que les ha obligado a buscar una solución, sino que además permitirá que los trabajadores demandantes puedan cobrar los atrasos, ya que el reconocimiento de los trienios por parte de Correos no supone el pago de los mismos.

20 fijos y 12 readmitidos = justicia




Abril 2007
20 trabajadores fijos
y 12 trabajadores readmitidos


En una de las sentencias, el tribunal califica de “diabólica” la actitud de la empresa ante los despidos de los trabajadores y afirma que los despidos respondieron a una “represalia discriminatoria” por las demandas judiciales interpuestas por los trabajadores contra Correos. Y es que sólo faltaría que no pudiéramos acudir a los Tribunales de Justicia en defensa de nuestros derechos.
-----------------------------------------------------------

El 2 de noviembre de 2006 se llevó a cabo el despido de muchos trabajadores. En marzo y abril de 2007, tres SENTENCIAS promovidas por SiPcte-USOC produjo la readmisión de 12 de ellos. Y esto no ha acabado. El 26 de
septiembre de 2006 el Juzgado de lo Social nº 29 de Barcelona ya había ORDENADO la fijeza de 20 trabajadores por SENTENCIA promovida por SiPcte-USOC.

Una actitud de la empresa respetuosa con los derechos fundamentales de los trabajadores hubiera llevado a mantener a los mismos en su puesto de trabajo al existir una sentencia judicial (anterior), aunque no sea firme (dice una de las sentencias)

Mientras otros sindicatos se dedican a mendigar el voto de oficina en oficina cumplimentando el voto por correo a los trabajadores, como si los trabajadores de Correos no supiéramos ejercer el derecho al voto, nosotros nos dedicamos a lo que nos tenemos que dedicar: a la defensa de los derechos de los trabajadores.

Funcionarios y laborales sabemos, que sólo aquellos que cumplen con su obligación pueden ser merecedores del respeto y de la valoración de los trabajadores.